La revisión de la caldera es obligatoria cada dos años

Empresa autorizada Mantenedora Calefacción y A.C.S. 20/EMCA-143.

El reglamento ha cambiado y ya no es obligatorio revisar la caldera todos los años, sino que bastará con hacerlo una vez cada 2 años. Además, los aparatos de aire acondicionado se someterán a una inspección cada 4 años.

La revisión obligatoria de la caldera, es en definitiva un mantenimiento obligatorio de las calderas de gas de potencia inferior o igual a 70kW, que son la mayoría de las domésticas, debe hacerse cada dos años y no cada año como hasta hace unos meses.

Las instalaciones de calefacción que funcionan con gasóleo, electricidad, etc. de hasta 70 kW sí deben revisarse como mínimo una vez al año, y en el caso de las térmicas de más de 70kW (instalaciones comunitarias, locales comerciales, viviendas unifamiliares que dispongan de piscina térmica o spa), la revisión es obligatoria cada mes. Por último, los calentadores de agua caliente sanitaria a gas con una potencia entre 24,4 y 70kW deben revisarse cada dos años, y los de hasta 24,4kW, cada cinco años.

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